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21-05-2015  MODIFICACIÓN DE ESTÉTICA DE LAS ESTRUCTURAS PARA LA VENTA EN EL MERCADILLO ARTESANAL DEL PASEO INGENIERO MIRA

DOÑA CARMEN VERDÚ GARCÍA, Alcaldesa - Presidenta del M.I. Ayuntamiento de Guardamar del Segura (Alicante), dicta el siguiente
DECRETO
Asunto.- Modificación de estética de las estructuras para la venta en el Mercadillo Artesanal del Paseo Ingeniero Mira.
Examinado el expediente sobre el asunto de referencia cuyos antecedentes, razonamientos y normas legales figuran, resumidos , a continuación:
1.- Por acuerdo de Pleno de fecha 28 de agosto de 2008, se adoptó acuerdo de aprobación definitiva de la modificación de la “Ordenanza Reguladora de la venta fuera de establecimiento comercial en su modalidad de venta no sedentaria”, publicado en el BOPA de fecha 22 septiembre 2008, núm 182.
2.- Que en el capitulo I, Disposiciones Generales, de la Ordenanza , el art. 15 establece que el Ayuntamiento podrá establecer como condición para la concesión de autorización de la venta no sedentaria, en cualquier ubicación fija colectiva o mercadillo, el cumplimiento de medidas de garantía de calidad y estética de las estructuras habilitadas para la venta, fijando medidas, colores y materiales a utilizar, siempre que así se estime oportuno, por razones de preservación de la estética urbana.
3.- Que en el capitulo III, de la Ordenanza se regula el Mercadillo Artesanal cuya ubicación es el Paseo Ingeniero Mira, en el art. 31, se dispone que el Mercadillo Artesanal del Paseo Ingeniero Mira se encuentra ubicado en una zona urbana para la cual se quiere preservar la estética del entorno, siendo necesario para ello la regulación de medidas de garantía de calidad y estética de las estructuras habilitadas para la venta, fijando medidas, colores y materiales a utilizar, tal y como recoge el artículo 15 de la Ordenanza. En este mismo artículo se prevé que el “Ayuntamiento de Guardamar del Segura mediante Decreto de la Alcaldía, previa audiencia a la asociación de mercaderes podrá modificar determinados aspectos de garantía de calidad y estética de las estructuras para la venta reguladas en este artículo.
4.- Que en colaboración con la Asociación de Mercaderes del Paseo Ingeniero Mira, a través de los Servicios Técnicos Municipales se ha llevado a cabo el diseño de las nuevas casetas cuyas características son las siguientes:
"2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
2.1. MATERIALES
Madera maciza para pilares, vigas y rastreles de distintas secciones de Pino Suecia VI y Tabla machihembrada de madera maciza Pino Suecia VI de 22 mm. de espesor.
2.2. DIMENSIONES
Fachada principal .......... 3,75 m. de largo y 2,85m. de alto.
Fachada trasera...............3,75 m. de largo y 2,50m. de alto.
Profundidad de ............... 2,50 m.
Voladizo en fachada principal de 60 cm.
2.3. ESTRUCTURA
Estructura primaria formada por vigas de madera maciza Pino Suecia VI de 14 cm. de grosor y 5cm. de ancho.
Estructura secundaria formada por rastreles de madera maciza Pino Suecia VI de 7cm. de grosor y 4cm. de ancho, atornillados y encolados.
Paramentos verticales, suelo y techo formados por tablas machihembradas de madera maciza Pino Suecia de 22 mm. de espesor, sujetas a estructura mediante tornillos con posibilidad de desmontaje.
2.4. CUBIERTA
Acabado superficial con lámina bituminosa imitación pizarra, color verde oscuro, pegada con cola especial certificada
Voladizo decorativo formado mediante cinco canes de madera maciza Pino Suecia VI de 15 x 5 cm. cubiertos con tabla machihembrada de madera maciza de 22 mm. Pino Suecia VI acabado superficial con lámina bituminosa imitación pizarra, color verde oscuro pegada con cola especial certificada.
2.5. PERSIANA
- Persiana de hierro galvanizado en caliente con lama de 9 cm. reforzada y cerradura de dos puntos laterales. Sus dimensiones serán 3,75m. de ancha x 2,40m. de alta más rollo.
2.6. PINTURA
- Dos manos de barniz incoloro ignífugo anticarcoma tanto por el exterior como por el interior y dos manos de pintura para exteriores color blanco mate en interiores y exteriores.
2.7. ELECTRICIDAD
- Las casetas dispondrán de dos pantallas estancas de 1x36W md. ARLUZ PE136VLED, luz de emergencia mod. IVERLUX CINCA 60I LED, enchufe mod. NIESSEN y interruptor y caja de automáticos mod. NIESSEN. Toda la instalación será con cable alógeno y oculta con tubo, debiendo cumplir la normativa vigente en este tipo de instalaciones aportando certificado de OCA."
y cuyos planos aprobados conforme a las características anteriores son los siguientes:

 


En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1.d) de la Ley 7/85 de 2 de abril, RESUELVO.
Primero.- Aprobar el diseño de las casetas para el ejercicio de la venta ambulante fuera de establecimiento comercial en su modalidad no sedentaria en el Mercadillo Artesanal del Paseo Ingeniero Mira, con las características que figuran en la parte expositiva de este Decreto, las cuales se trasladarán a la nueva Ordenanza Reguladora del Ejercicio de la Venta fuera del Establecimiento comercial en su modalidad de no sedantaria.
Segundo.- Se establece como condición para la concesión de autorización de la venta no sedentaria en el Mercadillo Ambulante Paseo Ingeniero Mira para el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, el cumplimiento de medidas de estética de las estructuras habilitadas para la venta, en lo términos a que se hace referencia en el punto anterior.
Tercero.- Para la obtención de la correspondiente licencia para la temporada de verano 2015, debe acreditarse antes del 15 de junio, además de las circunstancias a que hace referencia el art. 12 de la ordenanza, que se dispone de la Caseta con las características descritas, sin cuyo requisito no se dará tramite a las misma, del seguro de responsabilidad civil en vigor para el periodo para el cual solicita la ocupación y que se haya al corriente en el cumplimiento de lo establecido en el punto resolutivo segundo del Decreto de Alcaldía 2112/14 de 18 de de junio de 2014.
cuarto.- El presente Decreto se trasladará para su publicación y general conocimiento al tablón de Edictos y a la página Web de este Ayuntamiento.
quinto.- Los mercaderes que sepan previamente a la temporada estival que van a ausentarse durante algún periodo de esta, deberán ponerlo previamente en conocimiento de este Ayuntamiento, para evitar que existan huecos que rompan la estética del mercadillo.
Así lo manda y firma la Sra. Alcaldesa Presidenta, Doña Carmen Verdú García, ante la Secretaria Accidental del Ayuntamiento.
DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE
Cód. Validación: 473KY4P9TEZWH7J3NAKLX4WE5 | Verificación: 
DECRETO
Número: 2015-0900 Fecha: 21/04/2015

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